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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tolima decidió una acción de tutela interpuesta por el colega José William Aranzález Sánchez, afiliado a FECOLPER, en contra de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia, por violación a los derechos a la vida, integridad personal y debido proceso, el pasado 4 de marzo de 2009.

Por solicitud del Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, Ceso-FIP,Aranzález era beneficiario del Programa de Protección a periodistas de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia. A raíz del resultado “ordinario” de un estudio de su nivel de riesgo, le fue retirado el esquema de protección. Por esta decisión, el colega presentó una acción de tutela al considerar vulnerados sus derechos a la vida e integridad personal.

Sobre los estudios del nivel de riesgo, el Tribunal señaló que a pesar de haberse “efectuado un estudio previo para evaluar el especial caso del actor, que arrojó como resultado la innecesidad (sic) de continuar con su esquema de seguridad, también lo es, que dicho informe no estuvo acompañado de las pruebas respectivas, lo que en últimas le impidió al beneficiario de la medida poderlas controvertir y así ejercer su derecho de contradicción”.

Es necesario destacar lo que el Tribunal dice sobre las decisiones que se toman, sin haber escuchado los argumentos del protegido: en las consideraciones de la sentencia, el Tribunal critica el hecho de darse la suspensión de las medidas de protección, sin una etapa idónea en la que el periodista pueda controvertir la decisión del Ministerio del Interior. Por eso, en su fallo determina que la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior violó los derechos a la vida digna e integridad física, además del derecho al debido proceso.

En el fallo de la tutela, el mismo Tribunal Superior afirma que a la rama ejecutiva del poder público “le corresponde la obligación de adoptar las medidas y medios de protección específicos y suficientes, para evitar que el riesgo se materialice y de implementar dichas medidas en forma tal que la protección sea eficaz”.

Al parecer, el Ministerio del Interior impugnará esta decisión del Tribunal Superior del Tolima.

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