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ALERTA: FECOLPER y Ceso-FIP rechazan tutela contra la periodista Maria Jimena Duzán

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Rectificar lo escrito en su columna de la revista Semana, titulada “Los pájaros tirándole a las escopetas”, fue la orden del juez 54 penal que recibió la colega Maria Jimena Duzán, el 9 de febrero, cuando se celebraba el día nacional del periodista.

Esta orden es producto de una acción judicial iniciada por el magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, José Alfredo Escobar. Este fue el mismo funcionario judicial que entabló acción contra el Director de la revista Semana, Alejandro Santos, exigiendo rectificación de un artículo publicado en la revista.

Un juez –que como todos los jueces es subordinado del magistrado Escobar-, ordenó el arresto de Santos, a pesar de haber publicado en dos ocasiones la rectificación, dado que, según su criterio, no corregía lo que él consideraba equívocos en la publicación.

En este nuevo episodio el juez considera que María Jimena Duzán lesionó el buen nombre del magistrado José Alfredo Escobar, amigo del narcotraficante Giorgio Sale, de quien, tuvo que reconocer públicamente, recibió varios costosos regalos, al igual que su esposa, también funcionaria judicial por la época de un escándalo sobre el tema.

En el fallo del juez ordena a la periodista retractarse de lo escrito y redactar una nueva columna, hecho que abre un nuevo capítulo en la historia de las restricciones judiciales a la libertad de opinión en Colombia.

Tanto la Federación Colombiana de Periodistas como el Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, recuerdan que el Artículo 20 de la Constitución, garantiza, a todos los ciudadanos, la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, y prohíbe, de manera expresa, la censura.

La Corte Constitucional colombiana, ha conceptuado que el derecho a la libertad de opinión comprende la manifestación tanto de señalamientos positivos, como de opiniones negativas sobre las personas o sus actuaciones. La misma corporación ha señalado que los personajes públicos deben someterse a un mayor escrutinio por parte de la sociedad.

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que  “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública (…)”.

El Principio No. 5 de la “Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión” señala que las restricciones a la circulación libre de ideas y opiniones, y la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión.

Al respecto se pronunció el Presidente de la FECOLPER y Director del Ceso-FIP: “Desde tiempo atrás hemos denunciado una, cada vez más frecuente, restricción a la libertad de expresión y de información: el acoso judicial. Así lo manifestamos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 2007, y lo hicimos por una simple razón: Porque hay muchos, demasiados pájaros disparándole a las escopetas”.

Para acceder a la sentencia contra la periodista ingrese aquí:

Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER

La FECOLPER representa a más de 1250 periodistas en 19 departamentos del país

Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, Ceso-FIP

La FIP representaa más de 600 mil periodistas en 120 países

 

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