El Coronel Luis Fernando Rojas Espinosa, Comandante de la Brigada Primera del Ejército, inició una acción de tutela contra Boyacá 7 Días, por no rectificar los titulares de la edición 1411 del 17 de marzo de 2009, sobre falsos positivos. Boyacá 7 Días es uno de los periódicos regionales de la Casa Editorial El Tiempo.
Hechos
El 19 de marzo, el Coronel Rojas solicitó a Boyacá 7 Días rectificar los titulares “Macabros casos de falsos positivos”, “Escándalo en las filas de la Primera Brigada”, entre otros, por considerar los términos empleados como «amarillistas», «falaces» y «peyorativos”. En la misma edición fue entrevistado el militar.
El periódico fue notificado de la admisión de la acción de tutela, iniciada por el oficial, ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Tunja.
En la solicitud de rectificación, el Coronel argumenta que no se puede calificar de escándalo los falsos positivos en el departamento de Boyacá. El oficial afirma: «Otro sería nuestro sentir si las acciones reprochables que se endilgan a nuestros hombres cobijara, por ejemplo, un 20% de nuestra población militar”. Agrega que de los 12.000 uniformados bajo su mando, “tan solo el 4.8% está siendo investigado por resultados operacionales”. Es decir, 576 militares.
Adicionalmente, el Comandante de la Brigada considera que los titulares del periódico pretenden menguar la imagen del ejército, ”justamente, que es lo que pretenden las fuerzas ilegales, a través de campañas publicitarias que en aras de una mezquina ganancia en suscriptores y lectores en general, no escatiman epítetos como los utilizados por el periódico BOYACÁ 7 DÍAS”.
Consideraciones
La Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER, y el Centro de Solidaridad de la Federación Internacional de Periodistas, Ceso-FIP, reprochan la sindicación hecha por el oficial de alto rango del ejército nacional, al equiparar el ejercicio de la libertad de información con actividades de grupos al margen de la ley.
Las afirmaciones del Coronel Rojas ponen en riesgo la vida de los periodistas, en entredicho la independencia de la actividad informativa y viola el derecho ciudadano a recibir información sobre las denuncias de los llamados “falsos positivos” cometidos por miembros del ejército.
Por su parte, la Corte Constitucional ha señalado que el derecho a la verdad es el que le asiste a cada pueblo a conocer los acontecimientos sucedidos, las circunstancias y los motivos que llevaron a la comisión de violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. (Sentencia C-179 de 1994). Imponer a un periodista la obligación de publicar una información o condicionar el lenguaje constituye censura (Sentencia T-484 de 1994).
Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER
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